15 Oct Diez preguntas y respuestas sobre consumo y posesión de marihuana en España: ¿qué se puede hacer y qué no?
El presentador de la Sexta Clave, Rodrigo Blázquez, repasa la legislación española relativa a la adquisición, tenencia y consumo de cannabis en nuestro país con estas Diez preguntas y respuestas sobre consumo y posesión de marihuana en España: ¿qué se puede hacer y qué no?
Estados Unidos ha dado el primer paso para la despenalización del cannabis en todo el país. El presidente, Joe Biden, firmará una orden ejecutiva para perdonar a todos los condenados por posesión de marihuana, una de sus promesas electorales.
La decisión tendrá un efecto limitado porque solo afectará a los condenados a nivel federal, de los que actualmente no hay ninguno en prisión.
Por ello, Biden ha animado a los gobernadores a que hagan lo mismo en los estados donde está penalizado el consumo y la comercialización de marihuana.
Y aquí en España, ¿cómo está la legislación sobre el consumo y posesión de cannabis? El periodista y presentador de laSexta Clave, Rodrigo Blázquez, plantea diez preguntas y respuestas sobre lo que se puede y no se puede hacer con la marihuana en nuestro país.
- Primera pregunta. ¿Se puede fumar cannabis en nuestra casa? La respuesta es sí. El consumo está permitido siempre que sea personal y en privado.
- Segunda pregunta. ¿Está permitido fumar cannabis por la calle? No. Está prohibido por ley en cualquier vía pública y ojo porque conlleva multas desde 600€.
- Tercera pregunta. ¿Está permitido fumar en clubes privados en España? Sí, porque la ley reconoce que son establecimientos con una actividad regulada en el que sus socios pagan una cuota mensual por consumo de marihuana.
- Cuarta pregunta. ¿Está legalizado su uso terapéutico para calmar el dolor? No, pero por poco tiempo. La Comisión de Sanidad del Congreso ya lo ha aprobado con un amplio respaldo y ahora el Gobierno tiene seis meses para ponerlo en marcha.
- Quinta pregunta. ¿Está permitido cultivar cannabis en un huerto privado pero que se vea desde la calle? No. Completamente prohibido.
- Sexta pregunta. ¿Podemos cultivar cannabis en el interior de nuestra casa? Tampoco. La ley no distingue entre exteriores o interiores. No se puede cultivar cannabis en España, ni para consumo propio. Aunque existe un vacío legal porque dentro de nuestra casa nadie puede controlarlo. Pero si por algún motivo nos pillan, podrían sancionarnos.
- Séptima pregunta. ¿Puedo almacenar cannabis en casa para consumo propio? Sí, pero en pequeña cantidad. La ley no marca la cifra exacta pero el Instituto Nacional de Toxicología calcula que el consumo propio pueden ser un máximo de 100 gramos.
- Octava pregunta. ¿Puedo llevar cannabis por la calle? No. La tenencia de cannabis u otra droga ilegal en la vía pública está prohibido y sancionado.
- Novena pregunta. ¿Puedo comprar cannabis para consumirlo en mi casa? Misma respuesta: no. No está permitida la venta de drogas excepto en los clubes autorizados.
- Décima pregunta. ¿Cuánta gente está a favor de regularizar el uso lúdico del cannabis en España? Pues según el CIS prácticamente la mitad de la población aprobaría que se legalizara el consumo de marihuana en España.
REFLEXIONES SOBRE ESTAS PREGUNTAS
En relación a las preguntas que plantearon, nos surgen varias dudas:
–Consumo de 100 gr ¿cada cuánto? El tribunal supremo considera consumo inmediato 5 días de consumo propio, es decir, 100 gramos por persona.
En nuestra opinión es una salvajada y da opción a que el cannabis pueda llegar a terceras personas.
Según nuestro criterio, tras varios años de experiencia y consulta, 2 gramos de cannabis diarios para uso lúdico es más que suficiente incrementando la cantidad en 5 gramos para uso medicinal/terapéutico dependiendo de cada caso y según informe médico.
–Se puede comprar marihuana en clubes autorizados. ¿Cuales?
Entendemos que se basan en las licencias expedidas por el ayuntamiento de Barcelona en estos casos. No obstante, “comprar marihuana” nos parece un término agresivo que perjudica el buen hacer de asociaciones sensibilizadas en una regulación basada en reducción de riesgos al consumo y no una regulación o legalización que fomente el lucro.
La indefensión en el usuario de cannabis es brutal.
–Si no se puede cultivar… ¿Cómo llega a los hogares (dónde sí se puede consumir)? Adquiriendo el mercado negro ¿lo sabe el Gobierno?
Según la ley actual, ¿se puede cultivar cannabis? NO, en ningún caso (salvo con licencia expedida por la AEMPS).
Entonces, ¿si cultivo en privado ya sea exterior o interior? Bien, la ley expecifica que el cultivo no sea visible al público y que no se considere ilícito pero ¿qué es ilícito o punible? “lo que no pueda demostrarse como consumo propio”, por tanto, IMPORTANTE no caer en los tópicos como:
“puedo cultivar hasta 3 plantas”
“puedo tener hasta tantos gramos” etc.
Un ejemplo simple (sin que sirva de enlace o recomendación legal) es: si consumes alrededor de 1 gramo diario y lo puedes demostrar….más o menos así has de cultivar. Sin embargo, según lo expuesto en la primera reflexión, el tribunal supremo dictamina 100 gramos cada 5 días lo cual conlleva a una acción física y matemáticamente imposible ya que la planta de cannabis, según sus características, no mantiene su ciclo en 5 días.
Seguramente ya has llegado a la conclusión final: se necesita una regulación en pro de los derechos de los usuarios de cannabis que clarifique estos supuestos.
–La ley reconoce clubes regulados? ¿Cuáles?
La ley reconoce el derecho a asociarse, el derecho a reunión….y reconoce que se puede consumir en ámbito privado ya sea una casa o una asociación cerrada al público y sólo para asociados pero clubes regulados en los cuales se venda cannabis no.
Si hubiera una ley que reconoce club regulados, etc no estaríamos escribiendo este artículo.
- ¿Puedo llevar cannabis por la calle? Efectivamente la tenencia en vía pública es sancionada. ¿cómo podemos entender esto?
Puedo consumir en ámbito privado pero no puedo cultivarlo.
Puedo tener 100 gramos para 5 días pero no puedo cultivarlo.
Puedo ir a clubes o asociaciones pero no puedo llevarlo a mi casa porque la tenencia en vía pública no está permitida (ni el transporte).
Puedo consumir en los clubes o asociaciones pero debería acudir a estos lugares en transporte público o a pie ¿o conduzco tras haber consumido cannabis?
¿Qué nos queda? ¿Llamar a alguien que venda marihuana y nos la traiga a casa?
- Por último, respecto al uso terapéutico legalizado para calmar el dolor.
Veremos que expone la subcomisión dedicada a tal fin. Actualmente existen médicos que colaboran con nuestra asociación. El derecho a decidir sobre la propia salud, es una manifestación específica de la libertad ideológica, religiosa y de culto.
Respecto a esto, es vital que cada persona pueda disponer de su cannabis si esta sustancia le supone una mejor calidad de vida y no debe estar abocado “a comprar cannabis en cualquier lugar sin garantías”.
Nuestra asociación aboga por conseguir derechos de los usuarios de cannabis. Una regulación que clarifique y despenalice estos supuestos tan ambiguos.
Nos gustaría debatir estas preguntas y respuestas pues consideramos que no están bien documentadas.
Puedes dejar tus comentarios y opinión para discutir estas y otras cuestiones que se planteen.