18 Mar Cannabis Medicinal en Argentina
El pasado viernes 12 de marzo se anunció a través de la Resolución 800/2021, publicada en el Boletín Oficial, la legalización del autocultivo de cannabis para uso medicinal y el expendio de sus aceites en farmacias, y el Gobierno creó un registro en el cual deberán anotarse las personas que posean este tipo de plantas en sus domicilios para los fines autorizados.
La novedad más importante que contiene esta nueva reglamentación es la modificación del artículo 8 de la ley, que incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes.
La ley regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta cannabis y sus derivados.
Para esto, aprobó el Sistema de Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), al cual deberán ingresar quienes necesiten obtener autorización para cultivar, o para adquirir la sustancia mediante un cultivador o una organización civil habilitada.
¿Qué regula la ley?
Las bases para la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados.
Se crea el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis en el ámbito del Ministerio de Salud.
¿Cuáles son los objetivos del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis?
- Promover acciones orientadas a garantizar el derecho a la salud.
- Promover medidas de concientización para la población en general.
- Establecer guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad.
- Garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a los pacientes que se inscriban en el Programa.
- Desarrollar alternativas terapéuticas a problemas de salud que no tratan los tratamientos médicos convencionales.
- Investigar los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados.
- Conocer los efectos secundarios del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados y establecer las limitaciones para su uso.
- Fomentar la participación de pacientes y sus familiares para que aporten su experiencia, vivencias y métodos usados.
- Brindar asesoramiento, cobertura y seguimiento del tratamiento a los pacientes que participen del programa.
- Contribuir a la capacitación continua de profesionales de la salud en el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados.
¿DÓNDE SE INSCRIBEN LOS PACIENTES QUE USAN ACEITE DE CÁÑAMO Y OTROS DERIVADOS DE LA PLANTA DE CANNABIS?
En el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) se inscribirá el o la paciente que cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado en las condiciones establecidas por el PROGRAMA. El registro es voluntario y los datos que se inscriben son confidenciales.
El Registro (REPROCANN) dará la correspondiente autorización a los y las pacientes que acceden a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico o paliativo del dolor.