[vc_row css_animation=»» row_type=»row» use_row_as_full_screen_section=»no» type=»full_width» angled_section=»no» text_align=»left» background_image_as_pattern=»without_pattern»][vc_column][vc_empty_space][vc_column_text]Compartimos esta noticia reciente donde la juez de lo penal número 10 de Madrid absuelve a un hombre cuya tenencia de 269 gramos de cogollos de marihuana que llevaba, no se podía considerar estupefaciente delictivo y que tenía fin terapéutico.[/vc_column_text][vc_empty_space][vc_column_text]La juez madrileña ha absuelto de delito contra la salud pública a un hombre al cual se le incautaron 269 gramos de cannabis.
La fiscalía pedía 2 años de prisión y una multa de más de 2.500 €.
Sin embargo, esta juez falla a favor del acusado ya que el porcentaje de Cannabidiol (CBD) era superior al de Tetrahidrocannabidiol (THC) y estima usos medicinales y terapéuticos además de no considerar, en este caso, estupefaciente delictivo.[/vc_column_text][vc_empty_space][vc_column_text]La pureza de THC era inferior al 0,2 y la cantidad de CBD bastante superior (sin indicar el porcentaje) y no se desmostró que el cannabis estuviera destinado a la venta de terceras personas.[/vc_column_text][vc_empty_space][vc_column_text]En un control rutinario en la cuesta de San Vicente de Madrid los agentes encontraron una mochila con una bolsa de plástico con cogollos de cannabis.
A pesar de la insistencia del acusado el cual declaró a los agentes fines terapéuticos (ataques de ansiedad importantes) de un producto adquirido en un establecimiento abierto al público, se hizo caso omiso a su declaración.[/vc_column_text][vc_empty_space][vc_column_text]Por lo tanto, la jueza concluye que el CBD es un componente no fiscalizado y no puede tener la consideración de estupefaciente.
La letrada Raquel Nieto Ruiz destaca que la resolución es «de las primeras en las que se recoge que, independientemente de ser cogollos o sumidades floridas y aunque tuviese un porcentaje de THC superior al 0,2 por ciento, si el de CBD es más alto no es cannabis psicoactivo».[/vc_column_text][vc_empty_space][vc_column_text]Es de gran relevancia esta sentencia porque, aunque fuera cáñamo industrial, se venía considerando cannabis psicoactivo a toda sumida florida incluso con porcentajes inferiores a 0,2% de THC, lo que ha generado inseguridad jurídica en toda España en los últimos años.
Desde la ASOCIACIÓN AMALA felicitamos a la letrada Raquel Nieto Ruiz y la magistrada por esta sentencia.
En la sección LEGALIDAD se pueden visualizar otras sentencias del sector cannábico.
Salud[/vc_column_text][vc_empty_space][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row css_animation=»» row_type=»row» use_row_as_full_screen_section=»no» type=»full_width» angled_section=»no» text_align=»left» background_image_as_pattern=»without_pattern»][vc_column][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row]