25 Mar Una jueza absuelve a un hombre cuya tenencia de marihuana no se podía considerar estupefaciente delictivo ya que tenía fin terapéutico
Compartimos esta noticia reciente donde la juez de lo penal número 10 de Madrid absuelve a un hombre cuya tenencia de 269 gramos de cogollos de marihuana que llevaba, no se podía considerar estupefaciente delictivo y que tenía fin terapéutico.
La juez madrileña ha absuelto de delito contra la salud pública a un hombre al cual se le incautaron 269 gramos de cannabis.
La fiscalía pedía 2 años de prisión y una multa de más de 2.500 €.
Sin embargo, esta juez falla a favor del acusado ya que el porcentaje de Cannabidiol (CBD) era superior al de Tetrahidrocannabidiol (THC) y estima usos medicinales y terapéuticos además de no considerar, en este caso, estupefaciente delictivo.
La pureza de THC era inferior al 0,2 y la cantidad de CBD bastante superior (sin indicar el porcentaje) y no se desmostró que el cannabis estuviera destinado a la venta de terceras personas.
En un control rutinario en la cuesta de San Vicente de Madrid los agentes encontraron una mochila con una bolsa de plástico con cogollos de cannabis.
A pesar de la insistencia del acusado el cual declaró a los agentes fines terapéuticos (ataques de ansiedad importantes) de un producto adquirido en un establecimiento abierto al público, se hizo caso omiso a su declaración.
Por lo tanto, la jueza concluye que el CBD es un componente no fiscalizado y no puede tener la consideración de estupefaciente.
La letrada Raquel Nieto Ruiz destaca que la resolución es «de las primeras en las que se recoge que, independientemente de ser cogollos o sumidades floridas y aunque tuviese un porcentaje de THC superior al 0,2 por ciento, si el de CBD es más alto no es cannabis psicoactivo».
Es de gran relevancia esta sentencia porque, aunque fuera cáñamo industrial, se venía considerando cannabis psicoactivo a toda sumida florida incluso con porcentajes inferiores a 0,2% de THC, lo que ha generado inseguridad jurídica en toda España en los últimos años.
Desde la ASOCIACIÓN AMALA felicitamos a la letrada Raquel Nieto Ruiz y la magistrada por esta sentencia.
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Salud